La inteligencia artificial ya forma parte del trabajo cotidiano de muchas instituciones educativas. Se utiliza para preparar actividades, adaptar materiales, crear cuestionarios o agilizar tareas de gestión. La pregunta ya no es si la AI Act afecta a la educación, sino de qué manera.
La respuesta corta es sí, pero con matices. El Reglamento europeo menciona expresamente la educación y la formación profesional. Sin embargo, las obligaciones dependen de la herramienta, de su finalidad, del papel que desempeña cada organización y, sobre todo, de las consecuencias que el sistema puede tener sobre las personas.
¿La AI Act está pensada solo para empresas?
No. Aunque buena parte del debate se ha centrado en las empresas tecnológicas, la norma regula sistemas utilizados tanto en el sector privado como en el público. Además de los proveedores, contempla a las organizaciones que utilizan un sistema de IA bajo su autoridad: los llamados deployers.
Un instituto público no queda fuera por no ser una empresa. Pero tampoco adquiere automáticamente todas las obligaciones por utilizar una herramienta generativa. Hay que analizar quién proporciona el sistema, para qué se emplea, si interviene en decisiones relevantes y cuánto control humano existe.
Una IA que propone preguntas de comprensión lectora no plantea el mismo riesgo que un sistema que decide quién accede a un programa educativo. Tampoco es equivalente pedir un borrador de rúbrica que asignar automáticamente una calificación definitiva.
Qué sistemas pueden ser de alto riesgo en educación
El anexo III incluye determinados sistemas destinados a intervenir en decisiones educativas relevantes. Entre ellos se encuentran los que se utilizan para:
- Decidir el acceso o la admisión.
- Asignar alumnado a centros o programas.
- Evaluar resultados de aprendizaje.
- Determinar niveles o itinerarios.
- Influir significativamente en la formación recibida.
- Vigilar conductas prohibidas durante exámenes.
La razón es clara: esas decisiones pueden condicionar la continuidad de los estudios, las oportunidades académicas y la trayectoria profesional. No toda recomendación automática será de alto riesgo, pero sí puede serlo cuando afecta materialmente a las oportunidades de una persona.
Tras la reforma europea de 2026, las reglas específicas para los casos de alto riesgo del anexo III —entre ellos, los educativos— se aplicarán desde el 2 de diciembre de 2027.
Vigilar un examen no es reconocer emociones
Conviene separar dos cuestiones. Una es comprobar la identidad o registrar incidencias durante una prueba en línea. Otra muy distinta es inferir que un estudiante está aburrido, nervioso, distraído o motivado a partir de su rostro, su voz o sus movimientos.
La AI Act prohíbe, salvo excepciones muy limitadas por razones médicas o de seguridad, el reconocimiento de emociones en instituciones educativas. El límite es especialmente relevante porque una expresión facial no demuestra de forma fiable un estado emocional y puede perjudicar a personas con formas de expresión distintas por motivos personales, culturales o de discapacidad.
¿Se puede utilizar ChatGPT en un centro educativo?
Sí. La AI Act no prohíbe de forma general ChatGPT ni otras herramientas generativas. Pueden servir para generar ideas, adaptar materiales, elaborar preguntas, traducir textos o preparar una primera versión de una rúbrica.
Pero que una herramienta esté permitida no significa que pueda utilizarse de cualquier manera:
- Los resultados deben revisarse. Una IA puede inventar datos, simplificar en exceso o reproducir sesgos.
- No deben compartirse datos sin garantías. Nombres, notas, diagnósticos, informes, fotografías y expedientes requieren especial cautela.
- La responsabilidad sigue siendo humana. Una calificación, promoción, sanción u oportunidad educativa no puede delegarse sin más.
- La finalidad importa. Preparar una actividad no equivale a clasificar automáticamente al alumnado.
¿Puede corregir al alumnado?
Puede ayudar a detectar posibles errores, ordenar observaciones, comparar un texto con indicadores o proponer retroalimentación. También puede interpretar mal la rúbrica, ignorar el contexto, penalizar expresiones no previstas o producir resultados inconsistentes.
La supervisión humana no consiste en pulsar «aceptar» al final. Implica comprender el resultado, contrastarlo y poder modificarlo o descartarlo. Cuanto mayor sea su influencia en la calificación, mayor debe ser la exigencia.
La alfabetización en IA no es aprender a escribir prompts
Las disposiciones sobre alfabetización en IA se aplican desde febrero de 2025. Las organizaciones que proporcionan o utilizan sistemas deben adoptar medidas para que su personal comprenda suficientemente su funcionamiento, sus limitaciones y sus riesgos, de acuerdo con el contexto y con las personas afectadas.
Esto no impone un curso europeo único ni un certificado obligatorio para cada docente. Las medidas pueden consistir en formación práctica, sesiones informativas, guías, protocolos y ejemplos de buenas y malas prácticas.
Alfabetizar en IA supone comprender:
- Qué puede y qué no puede hacer.
- Cuándo puede equivocarse.
- Cómo verificar las respuestas.
- Qué información no introducir.
- Qué sesgos puede reproducir.
- Cuándo debe intervenir una persona.
Imágenes manipuladas: un problema relacionado, pero distinto
Cuando un estudiante fotografía o graba a otra persona y modifica el contenido con IA, el problema no depende principalmente de la clasificación de los sistemas educativos de alto riesgo. Puede afectar a la protección de datos, la propia imagen, la intimidad, la convivencia, el acoso y, en casos graves, la legislación civil o penal.
Las obligaciones de transparencia para determinados contenidos sintéticos y deepfakes se aplican desde agosto de 2026. Además, la reforma europea incorporó una prohibición específica para sistemas que generen o manipulen material íntimo no consentido y material de abuso sexual infantil, aplicable desde diciembre de 2026.
Un centro no debe esperar a que la AI Act resuelva por sí sola una fotografía manipulada. Debe activar sus normas de convivencia y protección, preservar las pruebas y valorar la comunicación con las familias o las autoridades.
¿Necesita cada centro un protocolo de IA?
La AI Act no obliga literalmente a tener un documento con ese título. Aun así, establecer criterios comunes es una decisión razonable: aclara qué herramientas están autorizadas, qué datos no deben compartirse, qué decisiones no pueden delegarse, cuándo debe informarse al alumnado y cómo se comunican los incidentes.
Un protocolo útil no debería limitarse a prohibir. Debería responder a situaciones reconocibles: si puede introducirse una producción del alumnado para pedir una corrección, si hay que informar de que un material se ha generado con IA, qué ocurre si una plataforma conserva datos o quién revisa una recomendación automática.
Qué debería hacer ahora una institución educativa
Identificar herramientas, cuentas, datos introducidos y decisiones en las que intervienen.
Separar los usos auxiliares de los que evalúan, clasifican, vigilan o condicionan oportunidades.
Partir de situaciones reales: materiales, corrección, imágenes, datos y verificación.
Establecer qué puede hacerse, qué debe revisarse y qué requiere autorización.
También conviene revisar periódicamente estas decisiones. Una plataforma puede cambiar sus condiciones, añadir funciones o modificar la forma en que trata los datos.
Conocer, formar, decidir y revisar
La AI Act no obliga a alarmarse, pero sí a prepararse.
No convierte al profesorado en jurista ni obliga a abandonar la innovación. Recuerda que una tecnología capaz de influir en la educación de una persona necesita límites, formación y responsabilidad.
La verdadera transformación no empieza cuando un centro incorpora inteligencia artificial. Empieza cuando sabe para qué quiere utilizarla y dónde debe poner los límites.
Nota editorial: este contenido tiene finalidad divulgativa y no sustituye el asesoramiento jurídico aplicable a cada institución.